INFORMACIÓN
Guía Fase 3 | Transición hacia la nueva normalidad
A partir de hoy , lunes 8 de junio:
✅ Se podrá circular por toda la Comunidad Autónoma de Andalucía, respetando siempre las medidas de seguridad e higiene, así como el mantenimiento de la distancia mínima de seguridad de al menos dos metros, en grupos de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes.
✅El desplazamiento a otra parte del territorio nacional sólo se podrá realizar por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de
necesidad.
✅Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o 25 personas en espacios cerrados, con independencia de que los mismos sean convivientes. La comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas y siempre respetando las medidas de distanciamiento e higiene.
✅ Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75% del aforo. Se mantendrá la distancia de seguridad y, en todo caso, un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 personas en espacios cerrados. El aforo máximo debe publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto.
✅ Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75% de su aforo, y en todo caso un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 personas en lugares cerrados.
COMERCIO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
✅ Los comercios pueden abrir con un 50% del aforo total garantizando una distancia mínima de dos metros entre clientes.
✅ Se debe establecer un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
✅El consumo dentro del local podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, preferentemente mediante reserva previa. Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de dos metros entre las mesas o agrupaciones de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilice para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.
✅Estará permitido el consumo en la barra siempre que se garantice una separación mínima de 2 metros.
✅ En las terrazas al aire libre se limitará el aforo al 75% de las mesas, con una ocupación máxima de 20 personas.