LISTADO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES SON LOS QUE PODRÁN ABRIR EN NUESTRO PUEBLO
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16/01/2021
LISTADO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES SON LOS QUE PODRÁN ABRIR EN NUESTRO PUEBLO
Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
• Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
• Servicios sociales y sociosanitarios.
• Farmacias.
• Parafarmacia.
• Centros o clínicas veterinarias.
• Mercados de abastos.
• Ópticas y productos ortopédicos.
• Productos higiénicos.
• Servicios profesionales y financieros.
• Prensa, librería y papelería.
• Floristería.
• Venta de combustible.
• Talleres mecánicos.
• Servicios de reparación y material de construcción.
• Ferreterías.
• Estaciones de inspección técnica de vehículos.
• Estancos.
• Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
• Alimentos para animales de compañía.
• Servicios de entrega a domicilio.
• Tintorerías.
• Lavanderías.
• Peluquerías.
• Empleados del hogar.
• Mercadillos.
Excepciones (y, por tanto, podrán abrir):
• Para la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional o profesional.
Excepciones (y por tanto sí se podrán celebrar):
• Aquellas desde los 16 años a la categoría absoluta.
Excepciones (considerados esenciales, y por tanto, podrán abrir):
• Servicios de entrega a domicilio.
• Recogida de comida de carácter social o benéfico.
• Restaurantes de los establecimientos de alojamientos turísticos para uso exclusivo de sus clientes.
• Los integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales.
• Comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
• Servicios de restauración de centros de formación y de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
• Los ubicados en centros de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada para posibilitar la actividad profesional de conducción.
No existen excepciones
No existen excepciones
No existen excepciones
No existen excepciones
Excepciones (para lo que sí se permitirá su apertura):
• Grabación, para su difusión a través de cualquier medio audiovisual o digital, respetando las medidas de higiene y prevención en el ámbito de la cultura.
Excepciones (para las que sí podrán abrir):
• Entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
PARA CUALQUIER DUDA PODÉIS PONEROS EN CONTACTO CON EL AYUNTAMIENTO.
FUERZA PRUNA, JUNTOS LO CONSEGUIREMOS 


